Proteccion de la maternidad en periodo de prueba?

QUE SUCEDE CON LA PROTECCION DE LA MATERNIDAD ¿ES APLICABLE EN PERIODO DE PRUEBA?

La trabajadora goza de proteccion contra el despido arbitrario, en el caso de que el despido obedezca a su estado de embarazo. Pero que sucede cuando se esta en periodo de prueba, la jurisprudencia en casos similares ha dicho que: “La protección de la maternidad debe reconocerse incluso durante el período de prueba, más reconociendo que la vinculación laboral durante dicho período de prueba es característicamente precaria y exige del magistrado judicial una apreciación estricta de la prueba que intenta brindar el litigante sobre la intencionalidad de la otra parte al disponer el cese por discriminación. Es fundamental determinar si la decisión de la empleadora de poner fin a la relación laboral que los unía obedeció a que la actora no reunía las condiciones para el puesto para el que se la había contratado, o a su estado de gravidez”

Por ello, una cosa es que el empleador no deba abonar indemnización por antigüedad si despide en periodo de prueba, pero en el caso de que se pruebe que fue un despido discriminatorio por estar embarazada debe abonar la indemnización agravada, esto es 1 año de sueldos.
Asi se ha dicho en reciente jurisprudencia.(CNTrab., Sala VIII, 30/05/2012. – M., V. R. c. Organización Lógica S.R.L. s/despido)

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