RENUNCIA POR EMAIL ¿ES VALIDA? Es importante saber que la renuncia debe realizarse mediante telegrama laboral o ante Autoridad del Ministerio del Trabajo. En este sentido fallo la jurisprudencia al decir: “considerar que no se encuentran reunidos los recaudos formales que establece el art. 240 LCT para la validez de la renuncia al empleo. Señaló […]