DECLARA LA CAMARA LABORAL ILEGITIMO A UN DESPIDO, A PESAR DE QUE EL TRABAJADOR INSULTO A SU LIDER
La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo resolvió que el insulto proferido por el trabajador a quien se desempeñaba como líder del equipo no resulta suficiente para tener por configurada en el caso la injuria grave que pudiera tornar imposible la continuidad de la relación.
En la causa “A. M. c/ Webar Internet Solutions S.A. y otro s/ despido”, la Sala VII entendio que “no asiste razón a la demandada cuando sostiene que el hecho invocado y probado habría sido de tal gravedad como para justificar por sí mismo el despido incluso ante la antigüedad del actor y la ausencia de antecedentes disciplinarios”.
Sin embargo, la mencionada Sala juzgó que “frente a lo dispuesto por el art.10 LCT, que recepta positivamente el principio de continuidad de la relación, y teniendo en cuenta que en autos surge demostrado de la prueba testimonial producida que el accionante era diseñador senior, que estaba muy bien conceptuado por el personal, y que, con excepción del hecho que motivó el despido, el resto de la relación laboral se habría desarrollado con normalidad tanto con sus pares como con sus superiores”, cabe concluir que “el insulto proferido por el accionante a quien se desempeñaba como líder del equipo no resulta suficiente para tener por configurada en el caso la injuria grave que pudiera tornar imposible la continuidad de la relación (conf. art. 242 LCT)”. fuente abogados.com.ar
Por lo tanto hay que analizar el caso concreto, la antiguedad, las sanciones disciplinarias, todo en un contexto. Por ello si usted es trabajador y lo despidieron concurra a visitar un abogado laboral. Las consultas a trabajadores son gratuitas!!!
www.dosene.com