EMPRESAS EN CRISIS. SEPA CUALES SON LOS REQUISITOS PARA QUE UNA EMPRESA EN CRISIS PAGUE EL 50% DE LA INDEMNIZACION A SU TRABAJADOR.
La ley de contrato de trabajo, establece una indemnización equivalente a la mitad, cuando el despido responde a causales tales como fuerza mayor,falta o disminución del trabajo, siempre y cuando no sea imputable a la empresa.
Hay que destacar que no todos los casos se puede aplicar este articulo, ya que por ejemplo la perdida de un importante cliente, no seria aplicable. Ademas debe tratarse de algo definitivo, no algo pasajero. Tampoco debe estar relacionado con el riesgo propio de cualquier negocio. Hay que recalcar que se debe respetar el orden de antigüedad y la medida sea contemporánea con el hecho que la justifica. Por ello no toda crisis o disminución del trabajo, puede la empresa utilizarla para abonar el 50% de la indemnización. Ademas la empresa debe iniciar un Procedimiento preventivo de Crisis, caso contrario el trabajador recurrirá a un abogado y este llevara el tema a juicio y lo mas probable que ocurra, es que el Juez considere que la empresa debió dar cumplimiento con todos los recaudos legales para abonar ese 50% de la indemnización por antiguedad y si esta no lo hizo lo condenara abonar el 100% mas los intereses y costas.
Por ello, ante cualquier duda, primero consulte luego decida!!!