HORAS EXTRAS. Conozca todo sobre horas extras.

HORAS EXTRAS:
Si un trabajadores trabaja menos de 48 horas semanas o 8 horas diarias no serian horas extras.
El empleador debe pagar un incremento del 50 por ciento si fueron de lunes a viernes o del 100 por ciento en caso de que hayan sido los sábados después de las 13 horas o los domingos.

Cuando el trabajador trabajó todos los días de la semana y trabajo incluso los días que tenía descanso, ahí no corresponde reclamar horas extras sino que la empresa le tiene que dar un franco compensatorio y si la empresa no se lo da, el trabajador tiene que hacer una intimación.
Cuando hace la intimación, no solamente tiene el derecho a descansar esos días que trabajó sino que tiene derecho a que le abonen las horas con recargo. Pero es un derecho que si no lo ejerce, lo pierde.

El trabajador tiene un plazo de dos años desde que se produjeron las horas extras para reclamar. Los reclamos se inician con el telegrama laboral que corresponda a la empresa.

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